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ASESORÍA
El comercio internacional es una actividad dinámica que se encuentra en constante cambio, por lo que su regulación legal en el país también sufre modificaciones en forma continua, lo que implica que sus usuarios tengan que estar actualizados permanentemente en las diferentes normativas aplicables, tales como: Ley Aduanera, Reglamento de la Ley Aduanera, Reglas Generales en Comercio Exterior, Decreto para la Industria Manufacturera, Maquiladora y de Servicios de Exportación (IMMEX, Decreto de Promoción Sectorial, Normas Oficiales Mexicanas y demás decretos de las diferentes dependencias federales (regulaciones y restricciones no arancelarias), etc., o bien, contar con el apoyo de especialistas en dicha materia que los asesoren para la mejor toma de decisiones en su operación diaria o para la planeación estratégica aduanera respecto a operaciones futuras.
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De tal suerte que, nuestro equipo con amplia experiencia en el ámbito aduanero podrá apoyarlos en el asesoramiento legal para el debido cumplimiento de sus obligaciones fiscales y aduaneras, tanto en sus operaciones de importación y/o exportación a priori, durante o a posteriori del despacho aduanero.
LITIGIO
El derecho aduanero, que contempla las diversas normas legales que regulan la importación y exportación de las mercancías en el territorio nacional, requiere no solamente conocimiento teórico de sus disposiciones legales, sino experiencia práctica en la operación misma del sistema aduanero mexicano, a fin de esgrimir los mejores argumentos jurídicos en la defensa del cliente.
De ahí que nuestro equipo sea el idóneo para representarlos en la defensa jurídica contra actos provenientes de la autoridad aduanera con motivo de emisión de leyes, reglamentos o reglas contrarias a nuestra constitución y adversa a los intereses del cliente, procedimientos administrativos en la aduana, revisiones de gabinete, visitas domiciliarias, visitas de inspección de domicilio, suspensión o cancelación de la patente aduanal, etc.
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Para ello, se ejercerían todos los medios de impugnación que sean convenientes y aplicables, tales como: recurso de revocación ante la autoridad administrativa, juicio de nulidad ante el Tribunal Federal de Justicia Administrativa y el juicio de amparo ante los Juzgados y Tribunales del Poder Judicial de la Federación.
REVISIÓN DE OPERACIONES
La detección de irregularidades en la revisión de las operaciones de importación de las empresas, que realiza la autoridad aduanera con posterioridad al ingreso de la mercancía respecto de uno o varios ejercicios fiscales, a través de las facultades de revisión de gabinete o visitas domiciliarias, representa una carga económica considerable para una empresa, al determinárseles créditos fiscales cuantiosos por la omisión o incumplimiento de sus obligaciones fiscales y/o aduaneras.
Es importante mencionar que la mayoría de las mercancías que son importadas al país por las empresas no son revisadas por la autoridad en la aduana, lo que puede implicar que tales operaciones contengan omisiones y/o incumplimientos a las obligaciones fiscales y/o aduaneras, sin descartar que dichas irregularidades puedan prolongarse por uno o varios años.
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Dicho lo anterior, resulta sumamente conveniente que las empresas revisen periódicamente sus operaciones de importación, a fin de detectar alguna inconsistencia o irregularidad y estar en posibilidades de subsanarlas o corregirlas de manera voluntaria y espontánea, sin el pago de las multas correspondientes.
Así las cosas, nuestro equipo cuenta con amplia experiencia para realizar la revisión de sus pedimentos de importación (insumos y activo fijo), con la finalidad de conocer el estatus fiscal actual de la empresa, a través de la detección de posibles omisiones o irregularidades en el cumplimiento de sus obligaciones, señalándose las mismas para no seguir cometiéndolas en el futuro y recomendado la posible solución a las inconsistencias encontradas, o bien, detectar áreas de oportunidad en la aplicación de beneficios fiscales que no se hayan ejercido.
INSCRIPCIÓN AL PADRÓN DE IMPORTADORES
Una de las actividades que debe contemplar toda empresa que se constituye en México y que pretende realizar la importación de mercancías, es obtener su inscripción en el padrón que para tal efecto controla el Servicio de Administración Tributaria, a fin de poder realizar el ingreso de sus mercancías en el país.
Dependiendo de la clase de mercancía (sensible o no sensible) que se pretenda importar en el territorio nacional sería el tipo de inscripción que se debe tramitar, pudiendo ser el padrón general de importadores o el padrón sectorial de importadores.
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Nuestro equipo le puede apoyar en la tramitación del padrón correspondiente, desde el análisis y obtención de la documentación requerida e idónea, pasando por la elaboración de la solicitud respectiva y dándole seguimiento al trámite en cuestión, para poder obtener dicha inscripción de una manera más sencilla y rápida.
AUTORIZACIÓN DEL IMMEX
Una de los principales programas de fomento creados por el gobierno federal para apoyar a la industria manufacturera o de servicios que pretende importar insumos al país para posteriormente exportar el producto terminado al extranjero, es el programa para la Industria Manufacturera, Maquiladora y de Servicios de Exportación, conocido comúnmente como IMMEX, a través del cual se ofrece una serie de incentivos fiscales, operativos y administrativos.
Dicho programa se tramita ante la Secretaría de Economía, para lo cual se debe de cumplir una serie de requisitos de información y documentación.
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Nuestra firma le puede asesorar y ayudar desde la concepción del servicio de exportación que pretende brindar, la obtención de la documentación necesaria y la presentación de la solicitud respectiva, con la finalidad de obtener la autorización del programa IMMEX.
CERTIFICACIÓN OEA (OPERADOR ECONÓMICO AUTORIZADO)
El gobierno mexicano, en alineación con las políticas de seguridad en la cadena de suministros que se han implementado a nivel mundial, ha implementado la certificación de las medidas de seguridad en la cadena logística de las empresas en el país, con la finalidad de que puedan gozar éstas de diversos beneficios operativos, administrativos y fiscales en sus operaciones de importación y exportación.
A este tipo de certificación se le denomina Operador Económico Autorizado, para lo cual el interesado deberá de cumplir con una serie de requisitos que la autoridad aduanera ha establecido.
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Nuestro equipo cuenta con amplia experiencia en este tema, al haber apoyado a clientes desde la elaboración de sus manuales logísticos de seguridad, la supervisión de la aplicación de los mismos y la presentación de la solicitud respectiva, acompañándolos en todo momento hasta la obtención de la autorización respectiva.
CERTIFICACIÓN EN MATERIA DE IVA E IEPS
Con motivo de la modificación de la Ley del Impuesto al Valor Agregado y la Ley del Impuesto Especial de Producción y Servicios, se eliminó el beneficio con que contaban las IMMEX para realizar sus importaciones temporales sin el pago del Impuesto al Valor Agregado y/o del Impuesto Especial de Producción y Servicios.
No obstante lo anterior, se dejó como alternativa para evitar el pago de dichos gravámenes el que las empresas obtuvieran una certificación por parte de las autoridades aduaneras, para lo cual se debe de cumplir con una serie de requisitos de información y de documentación, a fin de obtener la autorización correspondiente.
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Nuestra firma ha participado en la obtención de la certificación en cuestión con varios de nuestros clientes, por lo que contamos con experiencia para lograr de manera exitosa la certificación que su empresa necesita.
AUTORIZACIÓN DE LA REGLA OCTAVA
Uno de los mecanismos que ha establecido la Secretaría de Economía para obtener la exención del impuesto general de importación en la introducción de las mercancías, ha sido la obtención de la autorización para aplicar la regla octava.
Nuestro equipo puede apoyarlos en el análisis, obtención y presentación de la solicitud correspondiente, con la finalidad de que su empresa pueda gozar de los beneficios que implica la obtención de la regla octava en sus importaciones.
AUTORIZACIÓN DEL PROGRAMA DE PROMOCIÓN SECTORIAL
Al igual que la regla octava, el programa de promoción sectorial (PROSEC) es otro mecanismo que ha implementado la Secretaría de Economía para exentar del pago del Impuesto General de Importación a ciertos sectores productivos y a determinadas mercancía.
Para ello, es necesario cumplir con una serie de requisitos de información y documentación ante la Secretaría de Economía, por lo que nuestra firma puede apoyarlo para obtención de la autorización del programa de promoción sectorial.
DETERMINACIÓN DE ORIGEN
Para que una mercancía que sea exportada del país pueda gozar de las preferencias arancelarias negociadas en los diversos Acuerdos Comerciales o Tratados de Libre Comercio que tiene celebrados México con otros países, es necesario que la misma califique como originaria conforme a las reglas de origen establecidas en el respectivo acuerdo o tratados, a fin de que se pueda emitir el certificado de origen correspondiente.
Cabe señalar que el incumplimiento a las reglas de origen de la mercancía trae por consecuencia que la misma no califique como originaria, y por lo tanto, no pueda gozar de la exención o disminución del arancel en el país que se está importando la misma.
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Lo anterior puede implicar que si las autoridades aduaneras extranjeras inician una investigación de origen de mercancías en México y al detectar dicha situación, determine la omisión de aranceles por parte del importador en su país y además niegue el trato arancelario a los productos del exportador en México por los años en que haya llevado a cabo la investigación.
Por ello, se considera conveniente que se tenga un análisis sobre los productos que se estén emitiendo el certificado de origen, máxime si los insumos que se agregan al producto final son de orígenes distintos a otros países y sus costos son significantes comparado al costo del producto final.
Nuestro equipo puede apoyarlo en el análisis y/o verificación del cumplimiento de las reglas de origen determinadas en los Acuerdos Comerciales y/o Tratado de Libre Comercio, a fin de que puedan emitir el certificado de origen correspondiente y cumplan debidamente con las disposiciones legales de los instrumentos antes mencionados.
MANUAL DE CUMPLIMIENTO DE OBLIGACIONES
En la actualidad es primordial que las empresas cuenten con un manual de cumplimiento de las principales obligaciones en comercio exterior, para efectos de que su personal cumpla con las políticas o procesos que deben de seguir durante el desarrollo de sus actividades diarias, los tiempos establecidos y se determinen las responsabilidades de cada uno de ellos.
Lo anterior tiene como objetivo que los procedimientos se encuentren estandarizados y que la actuación del personal pueda ser supervisada y evaluada internamente, a fin de detectar y mitigar o eliminar cualquier riesgo fiscal y/o aduanero derivado de alguna actuación omisa o irregular
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Nuestra firma le puede asesorar y/o ayudar en la elaboración del manual de cumplimiento de obligaciones en materia aduanera, para efectos de implementar las mejores prácticas en sus procesos.
CAPACITACIÓN
Nuestro personal cuenta con la experiencia y el conocimiento de las disposiciones legales aplicables al comercio exterior y de la operación práctica del despacho aduanero, lo que le permite impartir capacitación especializada y de gran valor para el personal de las áreas de comercio exterior en las empresas, logrando que éstas se enriquezcan y se actualicen sobre los temas actuales en materia aduanera, mismos que les servirán para su aplicación diaria dentro de sus labores.